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| DECRETO QUE ESTABLECE LA ADUANA EN NOGALES
A SUS HABITANTES SABED: Que por motivos de conveniencia pública, y en ejercicio de la facultad que concede al Ejecutivo la fracción XIV del Artículo 85 de la Constitución Federal, he tenido a bien decretar lo que sigue: ARTICULO PRIMERO.- Se establece en el punto denominado Nogales, situado en el Estado de Sonora, a inmediaciones de la línea fronteriza con los Estados Unidos, una Aduana Fronteriza que ejercerá las funciones que por el arancel, leyes y disposiciones vigentes, corresponden a las Aduanas Marítimas y Fronterizas respecto al tráfico de importación, exportación y tránsito de mercancías extranjeras y nacionales. ARTICULO SEGUNDO.- La planta y sueldos de los empleados de dicha Aduana serán los siguientes: Un Administrador $1,800.00 Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el Palacio Federal de México, a 2 de Agosto de 1880. PORFIRIO DIAZ
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