Texto de la Ley 

que declara Ciudad a Nogales

 

 

ADOLFO DE LA HUERTA, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SONORA,

A SUS HABITANTES SABED:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido el siguiente:

NUMERO 23

El Congreso del Estado de Sonora, en nombre del pueblo decreta la siguiente:

LEY QUE ELEVA A LA CATEGORIA DE CIUDAD LA VILLA DE NOGALES.

Artículo Unico. Es de elevarse y se eleva a la categoría de Ciudad la hoy Villa de Nogales.

TRANSITORIO Unico. Esta ley entrará en vigor desde el día de su publicación en el "Boletín Oficial" del Estado.

Comuníquese al Ejecutivo para su promulgación. Salón de Sesiones del Congreso del Estado.

Hermosillo, 27 de Diciembre de 1919.

Luis F. Chávez. D. S. Alejo Bay. D. S.

Por tanto, mando se imprima, publique y circule para su debido cumplimiento.

Palacio de Gobierno del Estado,

Hermosillo, Son., 30 de Diciembre de 1919

Adolfo de la Huerta.

El Secretario de Gobierno Interino. A. M. Sánchez